LEGALES
TÉRMINOS Y CONDICIONES
En INPROV queremos que nuestros titulares (personas que contratan los servicios de gimnasio para sí o en favor de un tercero, “Titular” o “Titulares”) y nuestros alumnos (personas que utilizarán los servicios de gimnasio, “Alumno” o “Alumnos”). Por eso, y para garantizar el correcto uso de los servicios que ha contratado con el gimnasio (“Servicios de Gimnasio”), todos nuestros Alumnos se comprometen a seguir las reglas que se contienen en el presente Reglamento de uso de instalaciones INPROV (“Reglamento”).
1. OBJETO
El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso de la instalación deportiva del Gimnasio INPROV, (“Gimnasio” o “INPROV, ”) por parte de los Titulares e Alumnos.
La misión del equipo INPROV es ayudarte a conseguir tus objetivos de forma eficiente, unidos a una gran experiencia de entrenamiento y un buen servicio. A la vez nos preocupamos de ser responsables y respetuosos con todos los miembros de nuestro equipo. En base a esto se crearon las políticas y normas señaladas en este documento. Sin la aceptación de estas nos reservamos el derecho de admisión a nuestro centro de entrenamiento.
2. CONDUCTAS PROHIBIDAS Y SU SANCIÓN.
Se encuentra estrictamente prohibido que el Titular y el Alumno realicen cualquiera de las conductas que a continuación se especifican:
- Amonestación:
- Mala operación o uso indebido de los equipamientos del Servicio de Gimnasios: no está permitido utilizar los equipamientos que INPROV pone a disposición de los Alumnos de forma distinta a su uso natural. Si el Alumno tiene alguna duda sobre cómo funciona un equipo debe acercarse a cualquiera de los profesores del Gimnasio.
- Gritar, alzar la voz o expresarse de manera altisonante: se encuentra prohibido gritar o alzar la voz, o alterar de cualquier modo a los demás Alumnos y funcionarios de INPROV y terceros.
- Ingreso de animales o mascotas
- Reparación de los daños a los equipos e instalaciones: el Alumno o Titular que cause daños a los equipos por mal uso o incorrecta manipulación estará obligado a repararlos.
- Causales de expulsión:
- Filmar, grabar o fotografiar a otros Alumnos, titulares, funcionarios de INPROV y/o terceros en el Gimnasio.
- Uso de drogas, bebidas alcohólicas o estupefacientes
- Agresiones verbales o físicas a funcionarios del Gimnasio, otros Alumnos o terceros: está estrictamente prohibido que los Alumnos, Titulares o invitados agredan verbal o físicamente a los funcionarios de INPROV, a otros Alumnos o terceros en el Gimnasio.
- Comisión de delitos o simples delitos: está prohibido que los Alumnos, Titulares y/o invitados cometan delitos, simples delitos o faltas, como por ejemplo robo, hurto, daños materiales a las dependencias del Gimnasio o lesiones físicas a otros Alumnos, funcionarios de INPROV o terceros.
3. SANCIONES A LA INFRACCIÓN DE CONDUCTAS PROHIBIDAS.
El Alumno o Titular que incurra en cualquiera de las conductas descritas en la cláusula 2. precedente será informado, según corresponda.
En el caso de haber cometido alguna de las conductas indicadas en los numerales 2.1 precedentes, el Alumno y/o el Titular será amonestado.
En caso de haber incurrido en alguna de las conductas individualizadas en los numerales 2.2. precedentes, será expulsado de INPROV, poniéndose término al Contrato de Servicios de Gimnasio.
Además de las conductas anteriormente referidas, INPROV se reserva el derecho de considerar como inadecuadas y prohibidas otras conductas que no sean acordes con el objetivo del establecimiento y/o infrinjan la ley.
4. SEÑALÉTICAS E INSTRUCCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DE INPROV.
El Alumno deberá obedecer los avisos, señaléticas, orientaciones, reglas y normas establecidas al interior de las instalaciones de INPROV, sobre todo de aquellas que se encuentran en los equipamientos y dependencias del mismo, desde el momento en que sean fijadas y publicadas, pasando a formar parte integrante de este Reglamento, por lo que su incumplimiento podrá resultar en una amonestación, y/o, en caso de reincidencia o, según la gravedad del incumplimiento, en la cancelación anticipada o la no renovación del Contrato de Alumno.
El Alumno deberá seguir y obedecer las instrucciones de uso que se informan en la instalación de INPROV y las guías de los profesores.
Asimismo, se les informa a los Alumnos o Titulares que las disposiciones de este Reglamento se entienden complementadas con los anuncios y/o los avisos que INPROV disponga en el Gimnasio, siendo, por tanto, obligatorios para todos los efectos.
5. USO DE VESTIDORES Y BAÑOS.
Los vestidores son de uso exclusivo para quienes utilicen las duchas y/o se cambien de vestuario, INPROV pone a disposición del Alumno vestidores y camarines, los que cuentan con sus respectivas duchas y casilleros.
El Alumno que haga uso de estas dependencias debe utilizar chalas o sandalias y su propia toalla de higiene personal.
Está estrictamente prohibido realizar cualquier tipo de filmación o fotografías en estas instalaciones, procediendo, en caso de hacer dichas prácticas, la expulsión del Alumno.
6. USO DE CASILLEROS.
Para que los Alumnos puedan almacenar sus pertenencias y artículos deportivos, INPROV pone a su disposición casilleros al interior de los camarines.
El uso de los casilleros es única y exclusivamente durante el período de tiempo en que el Alumno permanezca al interior del Gimnasio, quedando obligado a desocupar el casillero que utilice a fin de ponerlo a disposición de otros Alumnos una vez finalizadas sus actividades y previo a hacer abandono del recinto. En caso contrario, INPROV no se hará responsable del candado vulnerable ni del contenido del casillero al término de la jornada.
El Alumno deberá cerrar el casillero que utilice con un candado. Este último no es proporcionado por el Gimnasio, por lo que deberá ser traído por el Alumno. La custodia de la llave de dicho candado será de responsabilidad absoluta del Alumno, debiendo mantenerla siempre consigo, bajo su cuidado y vigilancia, y debiendo informar inmediatamente a los funcionarios del Gimnasio en caso de pérdida o extravío.
El Alumno será responsable de los eventuales perjuicios que se produzcan como consecuencia de la no información o falta de aviso oportuno del extravío de la llave del candado de su casillero.
En vista de lo señalado en la presente cláusula, el Alumno libera al Gimnasio de toda responsabilidad derivada del extravío de su llave y/o de la pérdida, extravío o destrucción de sus objetos personales a consecuencia de su propia negligencia o de acciones de terceros que no sean funcionarios o dependientes de INPROV, en la medida en que dicha pérdida, extravío o destrucción no suponga dolo o negligencia directa y grave por parte del Gimnasio o de sus dependientes.
En dichos casos, de conformidad a lo establecido en el artículo 15° de la Ley N°19.496, la responsabilidad de INPROV se limita a utilizar y/o poner a disposición del Alumno afectado todos los medios que estén a su alcance para colaborar con éste para poner sin demora al presunto infractor a disposición de las autoridades competentes y/o a perseguir y acreditar la responsabilidad penal y/o indemnizatoria del infractor. INPROV pondrá a disposición de Carabineros o Policía de Investigaciones, previo oficio del tribunal competente, cualquier antecedente que sea solicitado con el fin de esclarecer los hechos.
7. CLASES Y ASISTENCIA.
Al tratarse de un servicio personalizado, el horario y cupo de cada cliente es exclusivo. Por esto sugerimos ser responsables con su asistencia, una vez su hora está reservada, es de su responsabilidad asistir. Si por motivos de fuerza mayor no puede asistir, se aplicarán las políticas según corresponda el tipo de inasistencia, clasificadas en 2 tipos:
Sesión con posibilidad de recuperación.
- Para acceder a la recuperación de tu sesión, se debe dar aviso de la inasistencia con un plazo mínimo de 24 hrs previas a la sesión.
- La reprogramación de la sesión será relativa a la disponibilidad de la agenda.
- Se podrá optar a recuperar un máximo de 4 sesiones por mes, si posees un número mayor estas pierden su posibilidad de recuperación.
Sesión sin posibilidad de recuperación.
- Aquellas sesiones con inasistencia, sin previo aviso o fuera del plazo indicado anteriormente (24 hrs).
8. EDAD MÍNIMA DE INGRESO AL GIMNASIO.
Los mayores de 14 y menores de 18 años, solo podrán inscribirse e ingresar al Gimnasio si cuentan con una autorización expresa de su padre, madre o responsable legal al momento de la inscripción, debiendo aquellos representantes legales suscribir el Contrato de Alumno como Titular, individualizarse, y definir el vínculo legal con el Alumno, al inicio de éste, adjuntando la respectiva documentación que acredite el vínculo (ej. Certificado de Nacimiento).
9. PROCEDIMIENTO ANTE ACCIDENTES.
De conformidad a la normativa vigente, INPROV cuenta con un botiquín de primeros auxilios para sus Alumnos y funcionarios, así como también con un desfibrilador. No obstante, de conformidad a dicha normativa, INPROV no puede proporcionar ni administrar medicamentos de ningún tipo a sus Alumnos, y se hace presente que no cuenta con personal del área de la salud capacitado para atender urgencias médicas. Por lo mismo, en caso de urgencia médica o accidente, el Alumno deberá informarlo y solicitar ayuda a nuestros funcionarios o acercarse a recepción. INPROV se compromete a coordinar su traslado a un centro médico asistencial, en la medida que la disponibilidad de los medios de transporte de emergencia certificados lo permitan, en caso de ser necesario o de así requerirlo.
En caso de gravedad extrema o inconsciencia, los funcionarios de INPROV darán aviso al servicio de Ambulancia; de ser posible, coordinarán el traslado del Alumno al centro médico asistencial más cercano; y llamará al teléfono indicado del contacto de emergencia.
10. USO DE IMAGEN.
Conforme lo estipulado en el artículo 10 de la Ley N°19.628, por el presente acto el Titular, el Alumno y/o invitado autorizan expresamente a INPROV para difundir dichas imágenes por cualquier medio con fines promocionales y publicitarios. Dicha difusión incluye catálogos y folletos, y demás materiales gráficos que tengan por finalidad divulgar y promover al Gimnasio. La presente autorización se otorga para el territorio nacional y dentro del plazo de vigencia de su contrato.
De conformidad a lo estipulado en el artículo 4° de la Ley N°19.628, se le informa al Titular y al Alumno que, en cualquier momento, puede revocar por escrito la presente autorización.
11. PAGO
Una vez que el horario sea definido y validado, se debe realizar el pago. La reserva solo se hará válida una vez que el pago sea efectivo, en el caso contrario se considerará el cupo seleccionado como disponible.
Todos los planes sin excepción, son de facturación mensual y se deberá realizar el pago dentro de los primeros 5 días del mes. Posterior a este plazo, consideramos su cupo/horario como disponible.
Para quienes inicien un nuevo plan posterior a los primeros 5 días hábiles del mes se solicitará pagar el valor del plan completo, y luego al mes siguiente se cobrará la tarifa proporcional correspondiente al mes anterior.
El Alumno o el Titular facultan a INPROV a realizar el cobro de las tarifas correspondientes al servicio contratado, a través de la modalidad y empresa que éste estime pertinente.
Cualquier cambio en los datos de la tarjeta bancaria deberá ser informado a INPROV. Si por cualquier circunstancia, el cargo en la tarjeta de crédito no se efectuare, se faculta desde ya a INPROV para insistir en el cobro por los medios antes indicados hasta que se realice el cargo, lo cual podrá realizarse en una fecha distinta a la indicada en el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, INPROV podrá realizar directamente el cobro al Alumno.
12. CONOCIMIENTO Y OBLIGACIÓN DE RESPETAR EL REGLAMENTO.
Por este acto, el Titular, el Alumno y el invitado declaran que han leído detenidamente el presente Reglamento, aceptando los términos y las condiciones que en él se describen y obligándose a respetarlas.
